SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0957/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0957/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

1)

César Daniel Yampara Laura, César Wenceslao Portocarrero Cuevas y Enrique Manuel Cadena Pinto, Jueces Técnicos del Tribunal Sexto de Sentencia Penal del departamento de La Paz, mediante informe escrito, cursante a fs. 34 y vta., y en audiencia, expresaron que: 1) El 4 de julio de 2016, dictaron la Sentencia 32/2016 contra Beatriz Julia Cusicanqui de Romero por el delito de robo agravado, tentativa de homicidio, asociación delictuosa, lesiones graves y leves, imponiéndole una pena de dos años de reclusión a cumplir en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes, con costas, daños y perjuicios; 2) En esa audiencia, el representante del Ministerio Público hizo la renuncia de apelación restringida, de igual forma procedió la defensa de la ahora accionante pero no así la acusadora particular que en realidad son tres, en su representación se encontraba Iván Peñarrieta Fonseca, apoderado legal; el 5 de julio de 2016, presentó un memorial solicitando perdón judicial, acompañando el certificado de antecedentes penales del REJAP, en el que no tiene antecedentes penales; es decir, sería su primer delito; y, 3) En el presente caso, la ahora accionante goza de medidas sustitutivas por Resolución “483/2016” de 20 de septiembre de 2012; por lo que, no se estaría vulnerando su derecho a la libertad como establece el art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), tampoco estaría corriendo peligro la misma, motivos por los que solicitaron se deniegue la tutela impetrada.

Respondiendo a las preguntas de la Jueza de garantías, César Daniel Yampara Laura -única autoridad presente en audiencia- dijo: La Resolución “483/2014” del Juzgado Tercero de Instrucción Penal revocó la medida cautelar, imponiéndole detención domiciliaria, una fianza económica de Bs20 000.- (veinte mil bolivianos); y, por Resolución 34/2014 de 28 de enero, se modificó la detención domiciliaria y se le concedió medidas sustitutivas y el cese de la detención domiciliaria; presentó arraigo, fianza y otros; esa sería la situación de la acusada.