SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante señala como vulnerados sus derechos al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, “a la seguridad jurídica” con relación a la celeridad, al debido proceso y a la petición; toda vez que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto contra Víctor Hugo Tola Herrera y otros por la presunta comisión de los delitos de homicidio y otros; producto de la investigación, sin que exista requerimiento ni resolución debidamente fundamentada y motivada se realizó el precintado del edificio central de la referida entidad edil desde el 17 de febrero de 2016 hasta la data de la interposición de esta acción tutelar, solicitando al efecto mediante treinta y un memoriales el desprecintado, de los cuales uno fue presentado ante el Fiscal Departamental del citado departamento y tres ante la Jueza de la causa, en tanto que los demás ante la comisión de Fiscales de Materia, obteniendo respuestas evasivas poco claras carentes de fundamentación y motivación, sin considerar el gran perjuicio económico ocasionado a la El Alto, puesto que al ser una entidad pública debe cumplir con varias obligaciones, por lo que, piden se disponga la reparación de daños ocasionados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- i)
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- la exactitud en el petitorio delimita el marco en función al cual la justicia constitucional deberá resolver; es decir, cómo los actos u omisiones en que hubiere incurrido el servidor público o persona particular lesionaron los derechos cuya tutela constitucional se invoca
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte