SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
III.4. Análisis del caso concreto
En el caso en revisión, la accionante a través de sus representantes legales aduce como lesionados los derechos de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, “a la seguridad jurídica” con relación a la celeridad, al debido proceso y a la petición, por cuanto dentro del proceso penal instaurado por el Ministerio Público y la entidad municipal por la presunta comisión de los delitos de homicidio y otros; dentro de la investigación que se sigue, sin que exista requerimiento alguno ni resolución debidamente fundamentada y motivada, desde el 17 de febrero de 2016 hasta la interposición de la acción tutelar, se procedió al precintado del edificio central del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, solicitando al efecto mediante treinta y un memoriales el desprecintado, mereciendo como respuestas evasivas poco claras carentes de fundamentación y motivación, sin que se haya tomado en cuenta el grave perjuicio económico ocasionado a El Alto; puesto que, al ser una entidad pública debe cumplir con varias obligaciones, peticionando se disponga la reparación de los daños ocasionados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- i)
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- la exactitud en el petitorio delimita el marco en función al cual la justicia constitucional deberá resolver; es decir, cómo los actos u omisiones en que hubiere incurrido el servidor público o persona particular lesionaron los derechos cuya tutela constitucional se invoca
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte