SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

concedió

La Jueza Pública de Familia Segunda del departamento de Potosí, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01/2016 de 11 de julio, cursante de fs. 114 a 118, concedió la tutela solicitada disponiendo la reincorporación inmediata de la accionante a su fuente de trabajo en la empresa TELECEL S.A., en el mismo puesto que ocupaba, más el pago de salarios devengados y cualesquier otros derechos sociales que le puedan corresponder, en base a los siguientes fundamentos: 1) El hecho de que esté pendiente un recurso o la interposición de cualquier acción no implica la suspensión de la reincorporación; 2) No obstante que no se agotaron los recursos contra la Conminatoria emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo de Potosí, TELECEL S.A. no tenía justificativo para no dar cumplimiento a la misma; 3) Ni las jefaturas departamentales del trabajo ni el Tribunal de garantías tienen competencia para dilucidar problemas laborales, el único llamado para determinar si el despido es ilegal o no, es la judicatura ordinaria laboral; 4) La instancia administrativa laboral, emitió una Conminatoria de Reincorporación fundamentada, que corresponde ser ejecutada; 5) La renuencia de la parte patronal en acatar la misma alegando encontrarse en trámite y sin resolución el recurso jerárquico y el haber acudido a la jurisdicción ordinaria laboral, no constituye argumento válido para el incumplimiento de la citada Conminatoria; y, 6) La empresa TELECEL S.A. al ser renuente y hacer caso omiso a la determinación de reincorporación de la entidad laboral, ha vulnerado el derecho al trabajo de la accionante, así como su derecho a la estabilidad laboral.