SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso de divorcio instaurado en el Juzgado Quinto de Partido de Familia del departamento de Cochabamba, interpuesto en su contra por Trinidad Susana Lázaro Torrelio, fue notificado con la Sentencia emitida el 19 de mayo de 2014, la que impugnó recurso de apelación correspondiente por considerar que el señalado fallo era atentatorio de su derecho a la defensa; toda vez que, habría sido citado con la demanda mediante edictos –forma de citación que es procedente únicamente cuando se desconoce el domicilio del demandado–, situación por la que se le dejó en absoluto estado de indefensión y la parte demandante incurrió en fraude procesal; resolviendo la impugnación realizada, la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia del aludido departamento, pronunció Auto de Vista de 13 de noviembre de 2015, confirmando la Sentencia recurrida, con el fundamento que de acuerdo a la nueva normativa en materia familiar, en caso de existir voluntad de la demandante para divorciarse, consta causal de ruptura del proyecto de vida en común; por lo que, declaró disuelto el vínculo matrimonial en vez de subsanar la omisión del Juez de primera instancia y declarar la nulidad de la diligencia, aspecto sobre el que versaba el fondo de la apelación; por lo referido, consideró que el Auto de Vista impugnado conculcó las normas aplicables al régimen de nulidad procesal.