SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2016-S1

Fecha: 21-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito violación de infante, niña, niño y adolescente, solicitó la cesación a su detención preventiva conforme al art. 239.I del Código de Procedimiento Penal (CPP), ante el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Tarija; debido a que, la medida cautelar impuesta se debió a la forma y comportamiento en la que supuestamente hubiese cometió el referido delito, –riesgos procesales de peligro de fuga y obstaculización que fueron desvirtuados por el informe de la médico forense–; empero, el citado Tribunal, negó valorar los nuevos elementos de convicción que sustentaban la cesación a la detención preventiva, argumentando que el mismo se analizaría en el juicio oral; por lo que, formuló apelación incidental, misma que fue resuelta por los Vocales ahora demandados mediante Auto de Vista 80/2016 de 17 de junio, manteniendo incólumes los riegos procesales, sin que se hubiese considerado el informe forense y su complementario, los cuales no guardaban relación con la versión de la víctima.

De igual manera, las autoridades demandadas, ampliaron el hecho punible indicando que aparte del “acceso carnal a la fuerza” (sic) cometido contra la menor el 4 de noviembre de 2015, –del cual no existe constancia–, hubiese existido otras agresiones sexuales a la referida, con el objetivo de justificar el señalado informe forense, realizando “una interpretación sesgada e interesada de la declaración de la supuesta víctima” (sic), vulnerando la prohibición de la reformatio in peius que forma parte del derecho del debido proceso, ya que, limita el poder punitivo del Estado que es el de garantizar la efectivización del derecho fundamental a la defensa, agravando su situación jurídica.