Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1038/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1038/2016-S1

    Fecha: 26-Oct-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1.Ratificación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de amparo
    • III.3.  La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • III.4. Sobre la excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, ante la protección de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad
    • II. La inamovilidad anteriormente dispuesta beneficiara a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad
    • El Estado Plurinacional de Bolivia garantizara la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, conyugues, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido
    • tendría que partirse por reconocerlos o aceptarlos como 'personas con capacidades diferentes', en estricto cumplimiento del derecho a la igualdad entre todos los estantes y habitantes de la sociedad civil
    • las personas con capacidades diferentes, gozan de una protección especial y/o prioritaria en el resguardo de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales
    • ámbito de protección que se amplía a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a 'personas con discapacidad'; lo que significa, que ninguna persona con capacidad diferente que preste servicios en una institución pública o entidad privada, podrá ser removida de sus funciones, al igual que aquellas que tengan bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes.
    • III.6.
    • CONFIRMAR
    • 1°

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca