SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2016-S1

Fecha: 26-Oct-2016

II.5.

II.5.  Consta la notificación a Marco Antonio Chino y a Ricardo Mamani Quinteros “…con el decreto de fs. 67 de fecha 20 de junio de 2016, mediante cedulón y copia de ley, dejado en la actuaría del Juzgado…” (sic) firmado al final por Sebastián Pozo Gonzales, Secretario del Juzgado Público Mixto de Partido e Instrucción Penal de Luribay del departamento de La Paz; en cambio en la notificación realizada a Marco Antonio Patiño Serrano, Fiscal de Materia, no aparece la firma del referido funcionario judicial (fs. 16 y vta.).

II.5.  Cursa decreto de 28 de junio de 2016, emitida por Virginia Janeth Crespo Ibáñez, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en suplencia legal, mediante el cual ordenó la devolución de antecedentes del proceso penal seguido contra el ahora accionante al Juzgado de origen por inobservancia del art. 164 del CPP respecto a la notificación, indicando que una vez subsanada la misma se remitan nuevamente los antecedentes para fines de resolución del recurso de apelación planteado (fs. 18).