Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2016-S3
Fecha: 04-Oct-2016
II.3.
II.3. Delia Celia Illanes Choquetijlla, Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz -hoy demandada-, por oficio con CITE: D.D.R.P.-IND 081/2016 de 30 de mayo, dirigido a la Abogada del Centro de Orientación Femenino de Obrajes, devolvió la carpeta de indulto correspondiente a la ahora accionante, por encontrarse observada (fs. 44).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 14
- a)
- CONFIRMAR