Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2016-S3
Fecha: 04-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante alega como lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa, a la igualdad y a la tutela judicial efectiva, así como los principios de celeridad, eficiencia y eficacia, por cuanto habiendo sido condenada a ocho años de prisión, solicitó sea beneficiada con el indulto, petición que le fue rechazada por la autoridad ahora demandada, bajo el argumento de que dicho beneficio sería únicamente para los que se encuentren privados de libertad, sin considerar que se encuentra cumpliendo una detención domiciliaria, debiendo aplicarse el art. 2.II del Decreto Presidencial 2131.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 14
- a)
- CONFIRMAR