SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1104/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1104/2016-S3

Fecha: 12-Oct-2016

ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal -en acción de libertad-; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión, correspondiendo la sustracción del mismo;

Asimismo, el objeto procesal constituye el elemento sustancial a ser resuelto por la jurisdicción constitucional; en tal sentido, ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal -en acción de libertad-; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión, correspondiendo la sustracción del mismo; toda vez que, la eventual concesión de la tutela, se tornaría en ineficaz e innecesaria” (las negrillas son nuestras).

Se debe entender, que en casos donde los hechos fácticos que ante esta jurisdicción generalmente se tratan de actuados procesales han desparecido por corrección o enmienda de la situación fáctica, misma que se constituye en la causa de activación de la acción de libertad por vulnerar derechos fundamentales, el objeto cual es el de garantizar la protección del derecho de quien acude a esta acción tutelar desaparece, es decir el petitorio como pretensión deviene en insubsistente por sustracción del objeto procesal, circunstancias en los que la tutela solicitada debe ser denegada.