SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1104/2016-S3
Fecha: 12-Oct-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el delito de abigeato, el 6 de junio de 2016, se llevó a cabo la audiencia de procedimiento abreviado ante el Juez de Instrucción Penal Primero de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz -ahora demandado-, en la cual fue sentenciado a tres años de reclusión, más trescientos días de multa a razón de un boliviano por día, oportunidad en la que el Ministerio Público, el querellante y su defensa, renunciaron a interponer el recurso de apelación incidental quedando consiguientemente ejecutoriada la misma, solicitando asimismo la suspensión condicional de la pena, por lo que pidió se expida el correspondiente mandamiento de libertad a su favor, solicitud que fue rechazada, con el argumento de que previamente a que se conceda su libertad, debía pagar los días multa fijados en la Sentencia, en Depósitos Judiciales de Santa Cruz de la Sierra, lugar que se encuentra distante a más de 600 km de Puerto Suárez.
Dicho depósito no pudo ser cumplido debido a que la Sentencia emitida no fue transcrita “hasta la fecha”, habiendo transcurrido mas de cinco días desde la audiencia de procedimiento abreviado, encontrándose impedido de interponer cualquier recurso al no existir una Resolución escrita, por lo que está detenido ilegalmente pese a cumplir con los requisitos establecidos en el art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal -en acción de libertad-; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión, correspondiendo la sustracción del mismo;
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR