Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2016-S3
Fecha: 25-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante reclama la omisión del cumplimiento de los arts. 134.I y 235.I de la CPE; y, 17.II, 51.I y 52.I y II de la LPA; por cuanto, dentro del trámite de aprobación del anteproyecto de urbanización “Virgen del Carmen”, iniciado el 4 de julio de 2014, el Gobierno Autónomo Municipal de Arbieto, no emitió hasta la fecha la correspondiente Resolución técnica administrativa a través de la cual dé por concluido dicho trámite administrativo, pese a haberse cumplido a cabalidad con los requisitos exigidos. Los reiterados memoriales por los que se pidió se expida dicha resolución no fueron atendidos, vulnerando así su derecho de petición.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- a)
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la naturaleza jurídica y el objeto de la acción de cumplimiento
- III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
- al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas, no es posible en estos supuestos activar la acción de cumplimiento,
- III.3.
- REVOCAR