SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1179/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1179/2016-S3

Fecha: 27-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra, por la supuesta comisión de los delitos de violación, allanamiento a domicilio o sus dependencias y lesiones graves y leves, la autoridad hoy demandada dispuso como medida cautelar su detención preventiva a cumplirse en el Centro Penitenciario “San Pedro” de Chonchocoro y en audiencia de consideración de medidas cautelares de manera oral interpuso recurso de apelación incidental contra dicha determinación, sin que “hasta la fecha” los actuados procesales sean remitidos ante el Tribunal de alzada, pese al cumplimiento de los recaudos de ley, omitiendo lo señalado en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que establece la remisión de las actuaciones pertinentes al Tribunal Departamental de Justicia en el plazo de veinticuatro horas.