0AUTO CONSTITUCIONAL 0331/2016-RCA
Fecha: 16-Nov-2016
II.2.1.
“1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”.
El accionante a través de su representante legal, considera transgredidos sus al debido proceso en sus vertientes de motivación, congruencia, razonabilidad y pertinencia, debida fundamentación, a la tutela judicial efectiva y a la propiedad, señalando al efecto los arts. 13.I, 56.II y III, 115.I, 117 y 178 de la CPE; 8.1, 21 y 28 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos; y, 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.