AUTO CONSTITUCIONAL 0284/2016-CA
Fecha: 21-Nov-2016
I. ANTECEDENTES DEL RECURSO
En vigencia del Código Procesal Civil, dicha autoridad estaría obligada a asumir competencia, pero no usurparla, ya que tomó jurisdicción contra lo preceptuado por el art. 120 de la CPE, siendo un tribunal creado con posterioridad al hecho, pese a ello, radicó el proceso y continuó sustanciando el mismo, “sin sorteo” atentando al principio de seguridad jurídica.
En ese contexto, interpone la demanda para que se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta contra la Disposición Transitoria Tercera parágrafo IV del Código Procesal Civil, ya que el Juez de la causa, pretende aplicar la norma en el caso concreto, vale decir continuar con el juicio en ejecución de sentencia y que concluya con una resolución final, no solo de ejecución sino de lanzamiento de la propiedad, todo ello, depende de la aplicabilidad de la norma jurídica que debe ser sometida a juicio de constitucionalidad.
El Juez de la causa para habilitar su competencia debió desplazarse de Juez de Instrucción, a los creados Juzgados Públicos, y las causas debieron ser transferidas a estos, previo sorteo, lo que no acaeció, ya que el sorteo de la causa abre la competencia de la autoridad jurisdiccional, el proceso debió ser reenviado a demandas nuevas anulando obrados y no se cuenta con la resolución que autorice el previo reparto de las causas a momento de la reasignación de juzgados, lo que viola el art. 122 de la CPE, ya que los actos del Tribunal compuesto con posterioridad al hecho de la causa generaría una nulidad de lo obrado, por violación a la garantía del juez natural, independiente e imparcial.
Finalmente, añade que la parte actora contestará que se encuentran en ejecución de sentencia y no en el juicio propiamente, pero si se concreta o resuelve desapoderar, allanarle, lanzarle de la posesión de la propiedad, por el Juez habilitado en su competencia por la Ley ahora demandada de inconstitucionalidad, se consumaría la lesión a sus derechos y garantías constitucionales.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I. ANTECEDENTES DEL RECURSO
- a)
- rechazo
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR