AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2016-RCA

Fecha: 14-Nov-2016

improcedente

La Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimoprimera del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías por Resolución 007/2016 de 17 de octubre, cursante a fs. 81 y vta., declaró improcedente la acción de cumplimiento fundamentando que; no se identificó que norma u obligación fue incumplida por la autoridad judicial demandada, que emane de una ley o mandato constitucional; por lo que, mas allá de incurrir o no en la vulneración de los derechos y garantías constitucionales de la accionante, no se advierte que haya omitido mandato expreso formal o material, esencia y objeto sin el cual no procede la acción de cumplimiento; concluyéndose de esta manera en la causal de improcedencia prevista en el art. 66.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo).