AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2016-RCA

Fecha: 17-Nov-2016

I.

Después de desarrollar el significado semántico, la definición jurídica de los principios ético morales y los valores que sustenta el Estado Boliviano, citar jurisprudencia inherente; asimismo, enunciar la normativa en torno a la inmediatez; refirió que, en los casos como el suyo, donde se alega lesión de los derechos a la salud y a la seguridad social es posible abstraerse del principio de inmediatez, en aplicación de uno superior como lo es el principio del vivir bien, pues no se debe olvidar que reclama la vulneración de derechos primarios como lo son la vida y la salud; por lo que, a su criterio no correspondía declarar la improcedencia de la acción de defensa planteada. En tal sentido, solicitó su revisión por el Tribunal Constitucional Plurinacional.