Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0346/2016-RCA
Fecha: 23-Nov-2016
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo que: a) El Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, responda de manera fundamentada a la petición contenida en el memorial de 9 de septiembre de 2015, concediendo o negando el sistema de transporte municipal, adecuado y accesible para las personas con discapacidad física; y, b) El responsable de la Unidad de Tráfico, Transporte y Vialidad de dicho Municipio, responda de manera documentada a las nueve aclaraciones contenidas en el memorial de 27 de octubre de ese año.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- LA IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO MUNICIPAL QUE PERMITA EL USO DEL MISMO POR PARTE DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICO MOTRIZ
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- rechazó
- i)
- Fragmento 9
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho”
- Fragmento 12
- II.3. Análisis del caso concreto