SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

Fragmento 25

Pasado algunos años, después de casi ocho años, el hoy accionante el 29 de enero de 2015, acudió a la justicia ordinaria denunciando los hechos acaecidos aquella madrugada del 15 de abril de 2007, planteando la querella y acusación particular contra Teodora Ramírez Vda. de Cari, acción que fue admitida por Resolución 19/2015 de 11 de febrero, por la Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, por los delitos de despojo, perturbación de posesión, difamación y daño simple. En audiencia de juicio oral, efectuada el 5 de mayo de 2016, la parte acusada formuló excepción de extinción de la acción penal por prescripción, fundamentando su pedido en base al memorial de la acusación particular, que señala que el despojo y demás delitos se cometieron el 15 de abril de 2007, al efecto señaló el art. 29 del CPP, y la “SC 1709/2004-R de 22 de octubre”, relacionado al delito de despojo.