SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

Fragmento 26

Por Resolución 81/2015 de 11 de mayo, la Jueza de primera instancia, declaró probada la excepción de prescripción de la acción penal, a favor de Teodora Ramírez Vda. de Cari, por considerar que dicho instituto penal, es una figura liberadora en mérito a la cual por el trascurso del tiempo se extingue la acción o cesa el derecho del Estado a imponer una sanción; en consecuencia, computó el plazo de la prescripción sustantiva desde la media noche del 15 de abril de 2007, en conformidad a lo establecido por el art. 29.2 relacionado al art. 30 del CPP. Esta decisión de la Jueza, fue objeto de apelación por parte del ahora accionante con el principal argumento de falta ofrecimiento de prueba para interponer la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito, es así que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró admisible el recurso de apelación e “improcedente las cuestiones planteadas” confirmando la Resolución, dictada por la Jueza de primera instancia.