SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1108/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1108/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

II.4.

II.4.  El 19 de octubre de 2015, el accionante presentó recurso de apelación, contra la Sentencia Disciplinaria 31/2015 emitida en su contra solicitando su revocatoria total con los siguientes fundamentos: 1) La Sentencia Disciplinaria 31/2015, no refleja en su contenido ser objetiva y menos contundente; vale decir, que se remitió a relatar aspectos que son visibles como la Resolución de excusa ilegal, sin entrar al fondo del trámite disciplinario; puesto que, los juzgados disciplinarios son entes de carácter investigativo, capaces de establecer y llegar a la verdad histórica de los hechos, los cuales darían como resultado una sentencia fornida, objetiva y fundamentada; 2) La Sentencia Disciplinaria 31/2015 debió fundamentarse en el principio universal de imparcialidad; sin embargo, solo hizo hincapié en la verdad material, sin llegar a establecer cuál fue el motivo en que se fundó; 3) Su autoridad estaba obligada a no incurrir en la vulneración de derechos constitucionales como el debido proceso, motivo por el que se excusó de conocer el proceso penal con el fin de no generar mayores discusiones o argumentos que permitan la lesión de derechos; y, 4) No se tomó en cuenta su informe, así como las pruebas de descargo que presentó, vulnerándose de dicha forma su derecho al debido proceso; puesto que, no fue oído por un Tribunal justo e independiente (64 a 67).