SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

a)

El accionante, a través de su abogado, ratificó el contenido del memorial de acción de libertad, ampliándola manifestó que: a) La autoridad demandada en el momento de aplicar la detención preventiva no observó normas fundamentales y la SCP 0495/2016 de 27 de abril, misma que se encontraba publicada dos meses antes de la realización de la audiencia de consideración de medidas cautelares, demostrando una actitud irresponsable, de desconocimiento y negligencia; b) En el marco del principio pro homine por el cual, la interpretación normativa debió efectuarse en el sentido más favorable, evitando limitar en menor medida el derecho a la libertad; y, c) Tampoco consideró como se suscitó el hecho de tránsito, siendo que el accionante se encontraba realizando su jornada laboral, momento en el cual es impactado por el vehículo conducido por Mauricio Balcázar Porcel en estado alcohólico y sin portar su licencia de conducir, falleciendo posteriormente por la fuerza del impacto; otorgó un valor muy subjetivo a la documentación adjuntada en calidad de prueba para la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, aplicándose la misma sin tomar en cuenta los principios de excepcionalidad y proporcionalidad de la aplicación de estas medidas.