Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1133/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
II.3.
II.3. Por Auto de Vista 91/2016 de 23 de junio, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de conformidad al art. 404 del CPP, declararon improcedente las cuestiones planteadas por la accionante y en consecuencia confirmaron la Resolución 562/2015 de 13 de octubre; sin embargo, de la revisión del contenido de dicha Resolución, se advierte que efectivamente, las autoridades hoy demandadas omitieron pronunciarse sobre la excepción de la acción penal por duración máxima de la etapa preparatoria (fs. 2 a 4).