Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1137/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución 08/2016 de 26 de agosto, cursante de fs. 47 a 48 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jesús Mendoza Camiño en representación sin mandato de Celso Fuertes Condori contra Claudia Gonzáles Aguilar, Jueza Pública de Familia Quinta del departamento de Potosí; y, Roger Escalante Herbas, Gobernador del Centro de Readaptación Productiva Santo Domingo de Cantumarca.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- en este último caso, siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida, pues, de existir dicho medio, deberá hacerse uso de éste
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3.
- CONFIRMAR