Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2016-S1
Fecha: 16-Nov-2016
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido de la acción de amparo constitucional interpuesta y aclaró que su cónyuge ya no estaba trabajando en el Hospital Virgen de Chaguaya de Bermejo del departamento de Tarija, al haber fenecido su contrato de consultoría el 21 de agosto de 2016.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. La protección constitucional que tienen en materia laboral las personas con capacidades diferentes
- II.
- en razón de su discapacidad o de la discapacidad de la persona que tenga bajo su dependencia,
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12