SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1157/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
Los accionantes señalaron que se vulneraron sus derechos a la estabilidad laboral y a la inamovilidad por fuero sindical, toda vez que el 20 y 25 de mayo de 2016, Claudia Fabiola Oviedo Espinoza, en representación legal de la empresa demandada, procedió a sus despedidos alegando motivos internos de la empresa; decisión que no respetó su estabilidad laboral y su condición de dirigentes sindicales; razón por la cual acudieron a la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, instancia que conminó a la empresa empleadora, proceder con su reincorporación al mismo puesto que ocupaban al momento de su despido, reponiendo sus sueldos desde la suspensión del trabajo, manteniendo su antigüedad y demás derechos que correspondan; no obstante dicha determinación no fue cumplida por la empresa ahora demandada a pesar de su legal notificación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- ”…
- 2)
- por la inmediatez que merece la tutela que pretende; sólo exige acudir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo.
- III.3. Análisis del caso concreto
- María del Carmen Miranda Hidalgo, Marlene Raldes García, Erwin Parada Vaca e
- Evelyn Roxana Zambrana Blanco, Deisy Elizabeth Aguilera Mendoza y
- CONFIRMAR en parte