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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1165/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1165/2016-S1

    Fecha: 16-Nov-2016

    Fragmento 14

             La acción de amparo constitucional prevista por el art. 128 de la CPE, es instituida como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • concedió
    • I.3.
    • II.1
    • II.2
    • II.3.
    • II.4
    • II.5
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los          valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 14
    • III.2.
    • III.3.La Obligatoriedad en el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación
    • Fragmento 17
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 19

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