Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1165/2016-S1
Fecha: 16-Nov-2016
II.2
II.2. Por memorando 02/2016 de 4 de enero, Zenón Soto Soto, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Minero –ahora demandado-, en atención a Ley Municipal 04/2015 de 6 de septiembre, que aprobó la nueva estructura de organización administrativa gestión 2016, agradeció los servicios prestados por la hoy coaccionante, en el cargo de Centralista Recepcionista al no estar comprendido en la nueva estructura (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3.
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2.
- III.3.La Obligatoriedad en el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19