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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2016-S1

    Fecha: 16-Nov-2016

    II.2.

    II.2.  El 31 de agosto de 2010, Roberto Ugarte Quispaya, Presidente Ejecutivo a.i. del SIN, reasignó a Eusebio López Martínez al puesto de Profesional V-A en la Agencia precedentemente señalada, a partir del 1 de septiembre de idéntico año, hasta la implantación del proceso de institucionalización        (fs. 41).

    • de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo
    • III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa,
    • funcionarios provisorios, que no gozarán de los derechos a los que hace referencia el Numeral II del Artículo 7° de la presente Ley
    • Los servidores públicos provisorios gozan de los mismos derechos establecidos en el art. 7.I EFP; empero,
    • los funcionarios
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 21

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