SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1167/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1167/2016-S2

Fecha: 07-Nov-2016

I.1.1

Dentro la etapa preparatoria del proceso seguido en su contra, demostró que no participó en la comisión del delito de robo agravado, habiéndose emitido una resolución de sobreseimiento a su favor; asimismo, indica que se encontraba siendo investigado por dos delitos, decidiendo acogerse a procedimiento abreviado por el delito de tenencia o porte ilícito de armas, encontrándose a la fecha en apelación.

Refiere que el sobreseimiento mencionado, fue presentado el 29 de febrero de 2016; es decir seis meses atrás, por lo tanto a la fecha ha transcurrido el plazo establecido por la citada Sentencia Constitucional, el mismo que fue impugnado el 18 de marzo del señalado año, y que a la fecha no ha sido resuelto, debiendo tomarse en cuenta que ni siquiera se remitió el expediente ante el                           Fiscal Departamental, ingresando a los supuestos del fallo constitucional indicado.

Señala que los Vocales demandados, tomaron su determinación con el argumento de que no se presentaron nuevos elementos de prueba, conforme el art. 239 del Código de Procedimiento Penal (CPP), indicando que “Este aspecto de ser evidente refiriéndose al sobreseimiento sin embargo se encuentra ante el Superior Jerárquico como es la Fiscalía Departamental, ante una posible revocatoria” (sic); es decir, adelantan criterio de investigación, saliéndose de toda su competencia, únicamente para fundamentar y negar su cesación a la detención preventiva; en cuanto al voto del Vocal Grover Cori Paz, se establece que el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP), no demuestra que no sea un peligro efectivo para la sociedad, debiendo necesariamente señalar antecedentes de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) y Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV), lo cual es un argumento totalmente infundado; por lo que, se encuentra indebidamente privado de su libertad, principalmente por la no valoración de la prueba presentada.