Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia que, no obstante haber presentado denuncias contra su concubino hasta la fecha de la interposición de la presente acción tutelar, no se designó Fiscal de Materia para que dirija la investigación; tampoco los Fiscales ahora demandados pusieron a la vista los certificados médico forenses que acreditan su impedimento legal ni el cuaderno de investigaciones; por lo que continúa siendo amenazada de muerte por parte de su concubino.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la finalidad y alcance de protección de la acción de libertad
- III.2. En las acciones de libertad, si el accionante es parte principal del proceso penal, tiene el deber de acreditar la supuesta vulneración mediante prueba idónea, sin que ello signifique quebrantar el principio del informalismo jurídico
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Otras consideraciones
- CONFIRMAR