SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1210/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1210/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

II.4.

II.4.    Mediante carta notariada de 23 de mayo de 2016, con intervención de la Notaria de Fe Pública dirigida a Gabriela Eliana Ecos Torrico, el accionante Gonzalo Rodrigo Frías Campero manifestó que, a raíz de la nota de resolución de contrato de alquiler se impidió el ingreso al inmueble alquilado donde funciona su empresa, no pudiendo los empleados realizar su trabajo como tampoco se pudo tener acceso a los bienes, materiales y documentos de la empresa, originándose perjuicios por estos actos abusivos especialmente con relación a los documentos impositivos que debían presentarse, pese a existir cuatro reuniones previas con sus familiares, donde no se llegó a ninguna conciliación, solicitando hacer conocer su respuesta respecto a la propuesta efectuada en la reunión de 16 de los corrientes (haciendo alusión al mes 23 de mayo de 2016) misiva que fue recibida por la propia accionante conforme hace constar la Notaria de Fe Pública (fs. 7 a 8), reiterada por nota de 30 de junio de 2016, dirigida a la propietaria del inmueble y al representante legal de la empresa coinquilina TEMPLABOL S.R.L, Ronald Marcelo Rojas Alcocer, nota recibida por la secretaria de la empresa y por la madre de la propietaria (fs. 9 a 14 vta.).