SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
II.1.
II.1. Por Auto de 23 de diciembre de 2015, el Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía Boliviana del Beni, dio inicio al procesamiento oral y público contra Celier Ferrufino Gonzáles, Germán Ochoa Subirana y Mario Chori Villavicencio, por la presunta transgresión del art. 14.7, 14 y 17 de la LRDPB, correspondientes a retención y uso injustificado de vehículos, valores u objetos hallados, recuperados, secuestrados, incautados o confiscados; concertación acuerdos o convenios ilícitos con delincuentes en beneficio personal o de terceros; flagrancia en la comisión de acciones delincuenciales dolosas o en vinculación con personas del “hampa”, comprometiendo gravemente la imagen y el prestigio institucional (fs. 476 a 478).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los funcionarios policiales demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.3.
- CONFIRMAR