Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
II.5.
II.5. Por acta de verificación de 9 de septiembre de 2016, Belia Pereira Moreno, Notaria de Fe Pública de Guayaramerín del departamento del Beni, certificó que el día mes y año mencionados se constituyó en la CNS a solicitud de la esposa del accionante a objeto de estar presente en una audiencia a llevarse cabo dentro del proceso disciplinario, indicando que dicho acto se suspendió a solicitud del abogado del impetrante de tutela, reprogramándose el acto para el 10 del citado mes y año (fs. 10).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los funcionarios policiales demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.3.
- CONFIRMAR