Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1218/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la libertad, a la presunción de inocencia y a la “seguridad jurídica”; por cuanto, al haber sido de su conocimiento la resolución 445/2016 de 18 de agosto, que declaró infundado el incidente de actividad procesal defectuosa y las excepciones de prejudicialidad e incompetencia, planteó recurso de apelación incidental, contra la mencionada resolución, pero la autoridad judicial hoy demandada, fijó día y hora de audiencia de consideración de medidas cautelares de carácter personal, sin tomar en cuenta que está pendiente de remisión la misma ante el superior en grado para ser resuelto.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3.Sobre la acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.4.Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR