Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2016-S3
Fecha: 08-Nov-2016
Fragmento 18
En consecuencia, al haberse acreditado la necesidad de obtener una protección inmediata para el resguardo de los derechos invocados en esta acción tutelar, conforme se estableció en la jurisprudencia expuesta en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional, corresponde conceder la tutela solicitada, a efectos de que se restituya el suministro de agua a la mencionada comunidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- el constituyente
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- CONFIRMAR