Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2016-S3
Fecha: 08-Nov-2016
II.5.
II.5. A través de Resolución de las cinco comunidades del canton Cauchi Titiri -Iro Centro, Pairumani Grande, Ventanilla, Cauchi Uno y Cauchi Frente-, se determinó que ante los constantes desacatos de la comunidad Cauchi Titiri y por la falta de respeto a las autoridades del Cantón del mismo nombre, cortar el agua a dicha comunidad hasta la resolución del caso, que se determinaría en el ampliado ordinario que se llevaría a cabo de manera posterior (fs. 45 a 51).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- el constituyente
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- CONFIRMAR