SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2016-s2

Fecha: 22-Nov-2016

II.1.

II.1.  De argumentos de la demanda constitucional presentada y acta de audiencia de la presente acción tutelar, se tiene que mediante memorial presentado el 29 de julio de 2016, Antonio Abdón Da Silva Costa, solicitó ante Juan Carlos Montalban Zapata, Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz –ahora demandado– cesación de su detención preventiva, suscribiendo dicho escrito el abogado Iván Perales Fonseca y otra, con el que la autoridad demandada, advertido que con anterioridad al proceso fue presentada denuncia en su contra por el nombrado patrocinante, por providencia de 1 de agosto del referido año, adjuntando prueba literales consistente entre otras un formulario de denuncia en su contra realizada por dicho abogado, a través de Resolución 303/2016 de 1 de agosto, presentó excusa del conocimiento del proceso por las causales establecidas en los incisos 6) y 11) del art. 316 CPP, disponiendo la remisión de obrados al juzgado siguiente en número a los fines del art. 318 del mismo Código; librando exhorto suplicatorio a efecto de la notificación a una de las partes, encomendándose su ejecución al Juez de Instrucción Penal de Guayaramerín; por lo que efectuadas esas diligencias, el 8 de agosto del citado año, devolvió la orden diligenciada; mereciendo que por decreto de 9 de igual mes y año, el Juez demandado, señale se arrime a sus antecedentes; asimismo, disponga su remisión al Juzgado siguiente en número, además de remitir obrados en grado de consulta de la excusa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, así como obrados al Juzgado de Ejecución Penal Cuarto, efectuándose la misma el 16 del mencionado mes y año (fs. 2 a 3 y 7 a 8 vta.).