Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1253/2016-S3
Fecha: 09-Nov-2016
Fragmento 12
El accionante manifiesta que en audiencia de modificación de medidas cautelares se le impuso una abogada defensora del SEPDEP ante la ausencia de su abogado de confianza, pese a que justificó la inasistencia del nombrado a la referida audiencia, razón por la cual denuncia procesamiento indebido, situación que motivaría la vulneración de sus derechos que hoy solicita sean tutelados, impetrando consecuentemente se deje sin efecto el decreto de 12 de septiembre de 2016, mediante el cual se efectuó dicha imposición para la audiencia de modificación de medidas cautelares de 16 del mismo mes y año.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances con realción al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- a)
- Fragmento 12
- i)
- CONFIRMAR