SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2016-S3
Fecha: 09-Nov-2016
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Décimo de la Capital del departamento de La Paz, por Resolución 89/2016 de 9 de septiembre, cursante de fs. 50 a 53 vta., denegó la tutela impetrada en consideración a la solicitud efectuada a través de la presente acción de libertad, consistiendo la misma en el traslado de los accionantes a otro recinto penitenciario en resguardo de su vida e integridad física y psicológica, existiendo otra vía previa para pedir lo mencionado, siendo ello competencia y atribución del Juez de Ejecución Penal y/o Juez de la causa, de acuerdo a lo establecido en el art. 18 de la LEPS, con relación al art. 48 del Decreto Supremo (DS) 16715 de 26 de julio de 2002, Reglamento de Ejecución de Penas Privativas de Libertad, a los cuales la parte accionante no acudió en primera instancia conforme faculta la ley.