SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2016-S3

Fecha: 09-Nov-2016

I.1. Contenido de la demanda

Por sentencias condenatorias contra sus personas, cumplen su condena en el Recinto Penitenciario de “San Pedro de Chonchocoro” de La Paz, donde los funcionarios policiales Wilson Pinto Aro y Diego Patzi Mamani -hoy codemandados- sin razón ni justificativo alguno procedieron a golpearlos hasta dejarlos inconscientes, trasladándolos a una sección de aislamiento de castigo donde fueron torturados hasta altas horas de la madrugada, provocándoles diversas lesiones en su humanidad, llamando la atención que el Director del referido Reciento Penitenciario -ahora demandado-, en lugar de poner un alto a ese hecho lesivo, vulneró sus derechos y garantías constitucionales, al haber permitido esas torturas y vejaciones, inobservando el art. 73.I de la Constitución Política del Estado (CPE), concordante con el art. 5 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el cual establece claramente que las personas privadas de libertad deben ser tratadas con el debido respeto a su dignidad humana, prohibiendo el art. 114 de la CPE, toda forma de tortura, desaparición, confinamiento, coacción, exacción o cualquier forma de violencia física o moral, estando asimismo determinado a través de los          arts. 74.2, 3 y 13 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), que todo el personal penitenciario, de seguridad al interior y exterior del mismo están prohibidos de infligir torturas, tratos crueles o degradantes a los internos, empleando violencia física o moral, normativa que al no haber sido tomada en cuenta vulneró sus derechos fundamentales acuden a la presente acción de libertad en procura del resguardo de los mismos.