SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1316/2016-S3
Fecha: 24-Nov-2016
concedió
La Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar Primero, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 14/2016 de 20 de septiembre, cursante de fs. 57 a 59, concedió la tutela solicitada, ordenando que la autoridad judicial hoy codemandada, emita el correspondiente mandamiento de libertad en veinticuatro horas “…a partir de este momento en el que queda notificado en audiencia” (sic) y denegó la tutela impetrada con relación a Octavio Apaza Elías, Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la misma ciudad y departamento, expresando no haber encontrado responsabilidad alguna en dicha autoridad, en contraposición al Juez hoy codemandado quién no observó la debida celeridad en el cumplimiento de su funciones; todo ello, en base a los siguientes fundamentos: i) El principio de celeridad que rige a la administración de justicia, implica que los actos procesales sean realizados de manera pronta y oportuna, sin dilaciones ni demoras indebidas, más aún cuando se encuentra inmerso el derecho a la libertad; y, ii) La Resolución de sobreseimiento no impugnada o ratificada, impide que se lleve a cabo un nuevo proceso penal por el mismo hecho, sin perjuicio que la víctima reclame un resarcimiento civil, salvo que se funde en la inexistencia del delito o en la no participación del imputado; las consecuencias jurídicas del sobreseimiento establecen que si es ratificado por el Fiscal superior se dispondrá la conclusión de proceso con relación al nombrado, en cuyo favor se dictó la cesación de medidas cautelares y la cancelación de sus antecedentes; vale decir, que tiene efectos similares a los de una Sentencia absolutoria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- GERARDO CASTILLO MAMANI
- III.2.2. Con relación al Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz
- 2°