AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2016-CA
Fecha: 16-Dic-2016
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
En el Otrosí del memorial presentado el 28 de octubre de 2016, cursante de fs. 18 a 21, el accionante refiere que en su contra se instauró un proceso disciplinario el cual se encuentra en trámite habiendo interpuesto el recurso jerárquico y accesoriamente la acción de inconstitucionalidad concreta; por lo que, no existe resolución plenamente ejecutoriada.
Se impugnan los actos administrativos aplicados mediante el Reglamento Tipo de la COMIBOL, aprobado por el entonces “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social” mediante RM 387-62, el cual es violatorio a la Constitución Política del Estado en su principio de jerarquía normativa, previsto en el art. 410 de la CPE, ya que el mencionado Reglamento es obsoleto y desactualizado, con relación a los derechos al trabajo y empleo, consignados en los arts. 46 al 55 de la Norma Suprema; por lo que, debe ser declarado inconstitucional.
- el Gerente General de la Empresa Metalúrgica Karachipampa (EMK)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR