CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1240/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1240/2016-S1

Fecha: 01-Dic-2016

causa directa para la privación de la libertad

De la glosada jurisprudencia se reitera que la tutela del derecho al debido proceso, no corresponde al ámbito de la acción de libertad, por lo que, en caso de existir tales vulneraciones, su protección corresponde por la vía del amparo constitucional, una vez agotados los medios intraprocesales idóneos, excepto cuando la vulneración de estos sean la causa directa para la privación de la libertad, o como se tiene señalado anteriormente, no exista otro mecanismo para su protección o existiendo resulten ineficaces.

Siendo pertinente dilucidar que el impetrante de tutela acudió en una segunda oportunidad a la jurisdicción constitucional, a través de la presente acción tutelar, incoando antes la misma acción de defensa, con idéntico propósito y por iguales motivos, resuelto en la SCP 0054/2012 de 9 de abril, por lo que, no puede pretender que este Tribunal que emitió un pronunciamiento expreso sobre el mismo problema jurídico planteado vuelva a considerarlo, siendo una redundante e irregular duplicidad de fallos respecto a un mismo contenido; no es admisible que existan dos pronunciamientos paralelos, estos entrarían en conflicto en desmedro del principio de seguridad jurídica, por cuya razón, el Tribunal Constitucional Plurinacional, fue claro y enfático en la citada SCP 0054/2012. Al efecto, se llama la atención al accionante y su abogado por el uso abusivo y temerario de este recurso constitucional.