El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar el presente Voto Aclaratorio a la DCP 0154/2016 de 1 de diciembre, respecto de los arts. 1 y 32 dentro del control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica. De conformidad al a
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar el presente Voto Aclaratorio a la DCP 0154/2016 de 1 de diciembre, respecto de los arts. 1 y 32 dentro del control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica. De conformidad al a

Fecha: 01-Dic-2016

II.

De ello se colige que la Norma Suprema, tiene aplicación preferente ante cualquier otra disposición normativa en todos los ámbitos, públicos como privados, y solo de manera excepcional los tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos, gozarán de aplicación preferente; empero, cuando prevean disposiciones más favorables. De esta cualidad de supremacía deviene la sujeción material y formal de todo el ordenamiento jurídico a la Constitución Política del Estado; ello implica que ninguna otra norma puede adquirir su cualidad, o sustituir a esta.