SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1280/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1280/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

II.1.

II.1.  Cursa contrato de trabajo por realización de obra o servicio suscrito por REPSOL YPF E&P BOLIVIA S.A. y Armando Gregorio Gómez Gallo, el 12 de agosto de 2010, estableciendo una relación laboral a plazo determinado bajo la modalidad de contrato individual de trabajo por realización de obra o servicio, en el que se determinó un plazo de duración desde la suscripción del contrato hasta la conclusión de la fase II del Proyecto Margarita, que a la conclusión de la obra el empleador emitirá acta de conclusión de la obra o servicio de la fase II, con lo que la relación laboral entre las partes quedará extinguida de hecho y de pleno derecho, para lo cual el empleador deberá comunicar por escrito y con quince días de anticipación al trabajador (fs. 78 a 85).