SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1291/2016-S2
Fecha: 05-Dic-2016
II.1.
II.1. El Fiscal de Materia con asiento en los municipios de Cabezas, Charagua y Lagunillas, el 16 de agosto de 2016, imputó formalmente a Max Fernando Peña Yambari por la presunta comisión del delito de abigeato con agravantes, solicitando la aplicación de la medida excepcional de la detención preventiva, en cuyo mérito, la Jueza Pública Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal de Cabezas del departamento de Santa Cruz, por providencia de 17 de septiembre de ese año, dispuso la notificación con la imputación y con la providencia y a objeto de resolver la medida cautelar requerida por el Ministerio Público, fijó audiencia a realizarse el 17 de septiembre, a horas 11:45 (fs. 5 a 6 vta).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la apelación incidental: obligación de remitir antecedentes al Tribunal de alzada en el plazo de veinticuatro horas
- III.3. La imposibilidad de paralizar la remisión de antecedentes por omisión en la provisión de recaudos de ley – principio de gratuidad
- III.4. Análisis del caso concreto
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