SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1303/2016-S2
Fecha: 05-Dic-2016
a)
Carlos Martin Camacho Chávez, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, presentó informe escrito, cursante a fs. 9 y vta., donde expresa lo que sigue: a) Su autoridad instaló la audiencia de medidas cautelares en contra de los imputados -uno de ellos el accionante- Ivans Alan Abdala Dos Santos, que está siendo procesado a instancia del Ministerio Público, y que se le imputó por la probable comisión del delito de robo agravado; por lo que, en audiencia habría ordenado la detención preventiva del imputado, por no haber presentado la documentación idónea para garantizar el sometimiento a la causa penal que le sigue el Ministerio Público; y, b) Sostiene que, las partes no le proporcionaron las copias de ley necesarias para su remisión en consulta; toda vez que, son dos los imputados, así como tampoco trasladaron al funcionario para la remisión de actuados al Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal ni a la Sala Penal Segunda, ya que su Juzgado cuenta con solo un auxiliar de apoyo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- otorgó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, alcance y finalidad
- El informalismo
- Es importante resaltar que la Constitución Política del Estado vigente, en el marco más amplio que implica la concepción de
- y una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR