SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

II.5.

II.5. Mediante Auto de 13 de enero de 2015, la Jueza Quinta de Instrucción Penal del departamento de Santa Cruz, luego de resumir los cinco puntos del referido incidente y mencionar la contestación y los argumentos del Ministerio Público en relación al acto vulneratorio; señalando el art. 315. IV del CPP, consideró la existencia de reiteración y similitud con el incidente valorado y resuelto en la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares, y dijo que el petitorio de los imputados contradijo lo establecido en la normativa legal, finalmente refirió que existió contradicción e incongruencia en los argumentos expuestos y la relación con el petitorio final; por lo que, declaró “infundado” el incidente por no concurrir los requisitos del art. 169 de la Ley Adjetiva Penal (fs. 49 a 52).